Acostumbramos a pensar que diciembre es uno de los meses más flojos del año, ya que muchas empresas cierran algunos días por vacaciones, hay puentes y los festivos propios de la navidad. Sin embargo el mes de diciembre es un mes con obligaciones fiscales importantes, las cuales pasamos a detallar en este post. Si tiene preguntas sobre este tema o cualquier otro, no dude en contactarnos, somos su asesoría fiscal en Granollers.
Obligaciones fiscales de una sociedad
Segun el importe neto de la cifra de negocios
Si en el ejercicio 2021 una sociedad ha tenido un importe neto de la cifra de negocios (facturación, casilla 255 del impuesto de sociedades) superior a 1.000.000€ en diciembre de 2022 tendrás que presentar un alta en la matrícula de IAE y, en 2023 recibirás la liquidación de dicho impuesto.
En la provincia de Barcelona muchos ayuntamientos tienen derivada la liquidación de este impuesto a la diputación de Barcelona y es en su sede electronica donde se deberá tramitar. En cambio si el ayuntamiento realiza él mismo la liquidación de dicho impuesto (por ejemplo el Ayuntamiento de Granollers), deberás presentar el modelo 840 en la web de la Agencia Tributaria.
Es importante tener claro que se debe presentar un alta en todas las poblaciones donde se desarrolle la actividad. Todas las variaciones de dicho impuesto se presentan siempre en el mes de diciembre.
Obligaciones fiscales de un autonomo
El tipo de estimación para el ejercicio 2023
Para los autónomos que son persona física deben tener en cuenta que este es el mes en qué pueden cambiar el tipo de estimación para el ejercicio 2023, ya que pueden optar por la inclusión en el método de estimación objetiva (módulos) o bien si actualmente está en el régimen de estimación simplificada puede pasar al método de estimación directa.
- Si en el ejercicio en curso está tributando por estimación simplificada y su cifra de negocios (facturación) supera los 600.000€, estará obligado a tributar por estimación directa normal en el siguiente ejercicio.
- Si el cambio de tipo de estimación es voluntario (no por la obligación de superar los 600mil euros de facturación) debe permanecer en este tipo de estimación durante 3 años ininterrumpidos para poder volver a realizar otro cambio.
Es probable que la facturación aún no haya superado los 600.000€ pero tengamos dudas de que se pueda llegar a conseguir esta facturación a final de mes, en estos casos en el primer trimestre del ejercicio 2023 se debe presentar el modelo 130 con el cálculo de estimación directa normal.
Presentación de las declaraciones anuales
Recordamos también que en el próximo enero de 2023 a parte de los impuestos trimestrales habituales también se deberán presentar las declaraciones anuales (390, 180, 190… etc).
Para presentar por internet estos modelos se deberá disponer de un certificado de firma electrónica avanzado reconocido por la AEAT o bien a través del sistema cl@ve pin, por tanto, si estás leyendo este post y aún no dispones de certificado digital o cl@ave pin y vas a presentarte tú mismo los impuestos es importante que obtengas uno de estos dos sistemas de identificación.
Si quieres saber si tu sociedad está obligada a presentar alta en la matrícula del IAE o bien si debes cambiarte del tipo de estimación en el que actualmente estás tributando contacta con nuestro departamento fiscal y contable.
También podemos realizarte un estudio personalizado sobre qué tipo de estimación se adapta mejor a tus circunstancias dependiendo del epigrafe en el que estés dado de alta.