Si tiene presuntas sobre este tema o cualquier otro, no dude en contactarnos, somos su asesoría fiscal en Granollers.
Subvención de la Generalitat a los pequeños y medianos comercios para fomentar su digitalización. Te enseñamos como mejorar las actividades de tu comercio.
Subvención para el comercio al detalle y asociaciones y entidades de comercio
El propósito de la subvención en el ámbito de las actividades del comercio al detalle y de las asociaciones y entidades de comercio – Next Generation, es fomentar la competitividad y la modernización mediante la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas del sector comercial, así como de las asociaciones y entidades comerciales.
Están financiadas mediante recursos provenientes del instrumento europeo de recuperación NextGenerationEU, a través del Mecanismo de recuperación y resiliencia, según establece el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, fechado el 12 de febrero. Además, se encuentran incluidas dentro del Componente 13 del plan, denominado «Impulso a la PYME».
Personas beneficiarias de la subvención
Esta subvención está especialmente dirigida a los siguientes beneficiarios:
- Personas profesionales autónomas: Se refiere a aquellas personas que están registradas como trabajadores autónomos en el régimen especial correspondiente. Estas personas deben ser titulares de un establecimiento de comercio minorista.
- Pequeñas y medianas empresas: Incluye a las empresas que cumplen con los criterios de tamaño establecidos para ser consideradas PYMEs. Estas empresas deben ser titulares de un establecimiento de comercio minorista y estar registradas en el censo del Impuesto de Actividades Económicas.
- Entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de comercio sin ánimo de lucro: Se refiere a organismos gubernamentales locales, asociaciones comerciales y otras organizaciones sin fines de lucro que representan y apoyan al sector del comercio. Estas entidades deben operar en el ámbito territorial correspondiente y no tener fines de lucro.
En el ámbito de las empresas del comercio, para ser beneficiario de estas subvenciones, la persona debe tener como mínimo un establecimiento ubicado a pie de calle en Cataluña.
Empresas fabricantes y mayoristas
Las empresas fabricantes y mayoristas que no realizan ventas al detalle están expresamente excluidas de ser beneficiarias de estas subvenciones. Además, únicamente podrán optar a las subvenciones aquellas empresas que estén clasificadas como pequeñas y medianas empresas (PYMEs), lo cual también incluye a las empresas con menos de 10 trabajadores.
Estas restricciones se establecen con el fin de enfocar y dirigir el apoyo hacia las empresas minoristas y de tamaño más reducido dentro del sector del comercio.
Actuaciones subvencionables
En el ámbito de las empresas de comercio:
- Proyectos de nuevas tecnologias dirigidas a mejorar diferentes areas de la estrategia comercial en linea y de comunicación , del modelo de negocios y de la experiencia de compra, por ejemplo, la mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela y gastos relacionados con la implantación de soluciones de ciberseguridad o de desarrollo de aplicaciones informaticas.
- Gastos referidos a la transformación del punto de venta, como la digitalización de la gestión del comercio, la transformación digital del comercio no sedentario o la adquisición de mobiliario tecnológico y herramientas tecnológicas para el establecimiento físico.
- Gastos relativos a la sostenibilidad y a la economia circular como la adopción de nuevas tecnologias para disminuir los costes y el impacto ambiental o la instalación de sistemas digitalizados de puntos de recogida.
El programa prevee la contratación de servicios de asesoramiento teconológico efectuado por personas acreditadas mediante el sello de asesores tecnologicos del CCAM.
Cantidad
La ayuda otorgada se basará en una contribución única para cada persona beneficiaria, que cubrirá hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 75.000 euros.
Es importante destacar que se requerirá una inversión mínima de 2.000 euros.
Plazo de presentación
El plazo para presentar las solicitudes, junto con la documentación y los anexos correspondientes, comenzará a las 9:00 a.m. del próximo 20/06/2023 y finalizará a las 2:00 p.m. del próximo 19/07/2023. Es importante tener en cuenta estas fechas y horarios precisos para asegurarse de presentar la solicitud dentro del período establecido.
Presupesto máximo de la ayuda
El presupuesto máximo asignado para estas ayudas es de 7.652.906,90 euros. Dado que en este tipo de subvenciones suele haber una alta demanda y el presupuesto disponible puede agotarse rápidamente, se aconseja presentar la solicitud lo más pronto posible. Es común que se exceda el número de solicitudes en relación con los fondos disponibles, lo que puede resultar en que muchas empresas y personas no puedan acceder a la subvención debido a la limitación presupuestaria.
Por tanto, es recomendable actuar con prontitud para aumentar las posibilidades de recibir la ayuda.
¿Cómo presentar la solicitud?
La solicitud se podrá presentar a través del siguiente enlace: Solicitud de subvención.
Aconsejamos siempre disponer de un certificado de titularidad bancario donde se querrá cobrar la subvención, ya que es indispensable.
La forma de acceso al formulario será mediante Idcat o certificado digital.
Esperamos que esta información te haya sido útil. Si tiene cualquier duda y/o necesita nuestra ayuda, no dude a ponerse en contacto con nuestro departamento fiscal y contable.
También puedes enviarnos un mensaje a través de Whatsapp o rellenando el formulario de la web.