Contratación de menores de 16 años y límites

Trabajos que puedes hacer con 16 años en España

En España, las personas de 16 años pueden trabajar, aunque hasta cumplir los 18, las empresas deben respetar ciertas limitaciones para proteger su salud y derechos laborales. A continuación, te explicamos en qué trabajos puedes emplearte con 16 años, qué restricciones existen, y cómo es el proceso para trabajar de manera legal en esta etapa de tu vida.

Como norma general la contratación de trabajadores menores de 16 años esta prohibida. Aquí aclaramos en qué se puede trabajar con 16 años en España.

contratación menores de 16 años

Si una empresa contrata a un joven, debe comprobar en su DNI que al menos haya cumplido 165 años. Si contrata a un menor de dicha edad le puede ocurrir lo siguiente:

  • Que la Inspección de trabajo le sancione con falta muy grave contemplada en la legislación laboral y recibirá una multa mínima de 7.501,00 euros. Siempre se sancionará a la empresa y no al trabajador
  • El contrato de trabajo será nulo, pero el trabajador menor podrá exigir, por su trabajo que hubiese prestado la remuneración equivalente a un contrato valido.

Los menores de 18 años, pero mayores de 16 pueden firmar un contrato de trabajo, y, deben encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Deben vivir de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores, o con autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo.
  • O bien deben estar emancipados conforme al Código Civil. Esto ocurre, por ejemplo, por concesión judicial.

Antes de firmar el contrato de trabajo, la empresa ha de exigir pruebas de que el trabajador tiene capacidad para firmarlo. Una autorización de la persona que lo tenga a cargo sería suficiente.

En menores de 16 años existe una excepción en la Ley que permite que puedan realizar una actividad. En concreto, su contratación sí que está permitida para su intervención en espectáculos públicos, como una obra de teatro, una película, un anuncio de televisión, un desfile de modelos, etc.

Para que la contratación menores de 16 años sea válida, la participación del menor no puede suponer un peligro para su salud ni para su formación profesional.  Para controlar que se cumple este requisito, la empresa de be solicitar autorización y comunicar previamente a la Autoridad Laboral las características del trabajo, rellenando un formulario que deben firmar los padres del niño. Si la autoridad Laboral no autoriza la contratación, la empresa no podrá contratar al menor.

  • Una vez la empresa tenga la autorización, ya podrá contratar al menor. Si se trata de una necesidad temporal, se deberá firmar un contrato temporal. Si el trabajo se realizara en un espectáculo permanente, el contrato sería indefinido.
  • Para dar de alta al trabajador en la Seguridad Social, la empresa debe solicitar previamente un CCC, Código Cuenta de Cotización, en el régimen de artistas.
  • Al tratarse de un colectivo especialmente protegido, también hay que verificar si el convenio establece alguna particularidad.

MULTAS Y SANCIONES PARA EMPRESAS

Si una empresa realiza la contratación menores de 16 años fuera de los supuestos permitidos la Inspección de Trabajo puede sancionarla con multas que parten de los 7.501 euros. Esta multa siempre se dirige a la empresa, no al trabajador.

Asimismo, si una empresa permite la participación de un menor de 16 años en un espectáculo público sin la autorización debida, la multa será también de al menos 7.501 euros.

LIMITACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO

Para proteger a los trabajadores menores de 18 años, la ley establece una serie de restricciones:

  • Prohibición de trabajo nocturno: Los jóvenes no pueden trabajar entre las 22:00 y las 06:00 horas.
  • Horas extras: No pueden realizar horas extraordinarias, aunque pueden hacer horas complementarias si están contratados a tiempo parcial.
  • Límite de horas diarias: No pueden trabajar más de ocho horas al día, sumando horas de formación y actividades laborales.
  • Descansos obligatorios: Tienen derecho a 30 minutos de descanso si su jornada supera las cuatro horas y media continuas.
  • Descanso semanal: Su descanso semanal debe ser, como mínimo, de dos días ininterrumpidos.

PREVENCIÓN DE RIESGOS

Para poder incorporar al trabajo a menores de 18 años, así como para poder modificar sus condiciones de trabajo, el empresario deberá efectuar una evaluación de los puestos de trabajo a desempeñar.

  • El objetivo de la evaluación es determinar la naturaleza, el grado y la duración de su exposición, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo especifico, a agentes, procesos o condiciones de trabajo que puedan poner en peligro la seguridad o la salud de estos trabajadores.
  • La evaluación tendrá en cuenta los riesgos específicos para la seguridad, la salud y el desarrollo de los jóvenes derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales y de su desarrollo todavía incompleto.

El empresario informará a dichos jóvenes y a los padres o tutores que hayan intervenido en la contratación de los posibles riesgos y de las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y salud.

TRABAJOS PROHIBIDOS PARA MENORES DE 18 AÑOS

Con el fin de proteger su salud, los jóvenes menores de 18 años no pueden desempeñar trabajos peligrosos, insalubres, tóxicos o excesivamente penosos.

 

En España, sí se puede trabajar con 16 años bajo condiciones específicas. Es importante que tanto jóvenes como empresas conozcan las restricciones legales para proteger la salud y seguridad laboral de los menores de edad.

Si tienes 16 años y quieres trabajar, asegúrate de que el empleo cumple con los requisitos y limita las actividades a aquellas que no comprometan tu salud o formación.

En Bufet Estalella, estamos a su disposición para asesorarle y asegurar que su situación laboral cumpla con todos los requisitos legales necesarios.

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