Subvenciones en el ámbito de las actividades de comercio al por menor

Plan de recuperación, transformación y resiliencia para el comercio al por menor

Plan de recuperación, transformación y resiliencia – Financiado por los fondos Next Generation EU

Objeto de la subvención: subvenciones en el ámbito de las actividades de comercio al por menor y de las asociaciones y entidades de comercio, con el fin de impulsar la competitividad y la modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las asociaciones y entidades de comercio.

Si quiere saber más información sobre las subvenciones en las actividades de comercio, le recomendamos leer nuestro post «Subvención en las actividades del comercio«.

Personas beneficiarias de la subvención:

  • Las personas profesionales autónomas que estén dadas de alta en el RETA, titulares de un establecimiento de comercio al por menor.
  • Las pequeñas y medianas empresas titulares de un establecimiento de comercio al por menor, dadas de alta en el censo del IAE.
  • Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de comercio sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

Para ser beneficiario de estas subvenciones la actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las siguientes actividades de CNAE: CNAE 45 – CNAE 47.

*Quedan excluidas explícitamente las empresas fabricantes y mayoristas que no realizan venta al por menor.

Si quiere solicitar cualquier tipo de ayuda, no dude en contactarnos, somos su gestoría laboral en Granollers.

Requisitos para las subvenciones del comercio al por menor:

La persona o sociedad beneficiaria debe tener como mínimo un establecimiento a pie de calle en Cataluña y deberá adjuntar en el formulario de solicitud la Referencia del Informe del Resultado de Autodiagnosis TIC que tiene que realizar.

La inversión mínima será de 2.000€.

Las soluciones tecnológicas deben estar como mínimo en lengua catalana.

Los proyectos a subvencionar deben llevarse a cabo a través de empresas especializadas del sector que puedan acreditar su experiencia.

Tipología de acciones subvencionables

Para las empresas de comercio:

Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial online y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra, se subvencionarán gastos relacionados con:

  • La mejora de la atención, relación y conocimiento de la clientela y su fidelización.
  • Creación de una tienda online.
  • Implementación de soluciones de ciberseguridad.
  • Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas por teléfonos móviles u otros dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios.

Gastos referidos a la transformación del punto de venta:

  • Digitalización de la gestión del comercio.
  • Transformación digital del comercio no sedentario.
  • Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta para mejorar y actualizar el procedimiento de pago y evitar colas y aglomeraciones.
  • Adquisición de mobiliario tecnológico y herramientas tecnológicas para el establecimiento físico: balanzas, ordenadores, tabletas… siempre que sean para uso directo del establecimiento o de su clientela.
  • Interactividad, etiquetas NFC, códigos QR.
  • Implementación de etiquetas electrónicas RFID.
  • Sistemas de contadores de personas.
  • Sistemas de medida del tráfico de personas en las diferentes áreas de la tienda (mapas de calor).

Gastos relativos a la sostenibilidad y a la economía circular:

  • Inversiones para disminuir el consumo de envases y embalaje.
  • Adopción de nuevas tecnologías para disminuir los costes y el impacto medioambiental de la distribución comercial, entregas y devoluciones, sobre todo en lo que se refiere al último kilómetro.
  • Instalación de sistemas digitalizados de puntos de recogida (compra de taquillas y/o armarios con el software correspondiente) dentro de los establecimientos físicos en trama urbana consolidada

Plazo de presentación de las solicitudes: desde las 9.00h del día 15/12/2022 hasta las 14.00h del 19/01/2023

Plazo de ejecución de la acción: debe realizarse de manera efectiva entre el 01/01/2023 hasta el 30/09/2023

*Estas subvenciones son incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios (Nex Generation UE) para la ejecución de los mismos proyectos de inversión, y no puede incurrirse en doble financiación. Son compatibles con la línea del programa Kit Digital cuando no se trate de los mismos costes subvencionables.

En caso de estar interesado en presentar una solicitud, contacte con nosotros.

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