Partes de incapacidad temporal

Desde el próximo 1 de abril de 2023, se modifica el RD 625/2014 por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos y partes de incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, y la Orden ISM/2/2023 (BOE 13/01/2023 y corrección BOE 28/01/2023) desarrolla las novedades introducidas en esta materia por el mencionado Real Decreto.

Si tiene preguntas sobre este tema o cualquier otro, no dude en contactarnos, somos su gestoría laboral en Granollers.

Novedades sobre la funcionalidad en materia de partes de incapacidad temporal

El facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora una copia de este, suprimiéndose la obligación del trabajador de recibir y presentar la copia que estaba destinada a la empresa.

El INSS, a su vez, comunicará a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por los facultativos del servicio público de salud o de la mutua, referidos a sus personas trabajadoras, como máximo, en el primer día hábil siguiente al de su recepción en dicho Instituto, por medios electrónicos a través del fichero «INSS EMPRESAS» del sistema RED.

Las empresas tienen la obligación de transmitir al INSS a través del sistema RED, con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos económicos que figuran en el anexo III de la Orden en relación con la persona trabajadora de baja (bases de cotización, cotizaciones, etc.). Como novedad, entre estos datos, se han introducido dos campos nuevos, uno relativo al puesto de trabajo y otro relativo a la descripción de funciones de la persona trabajadora.

Las previsiones introducidas por este real decreto serán de aplicación y los nuevos modelos de partes médicos se utilizarán, en los procesos de incapacidad temporal que estén en curso en la fecha de entrada en vigor de la orden (01/04/2023) y no hayan superado los trescientos sesenta y cinco días.

Si quieres saber sobre accidentes que tienen lugar en un momento próximo al inicio o final de la jornada laboral y como se deben gestionar, lee nuestro post «Accidente in itinere«.

Los procesos de incapacidad temporal

Los procesos por IT (Incapacidad Temporal) suelen variar dependiendo de la legislación de cada país o región. Sin embargo, a continuación, se describen algunos procesos generales que suelen estar involucrados en diferentes casos.

  • Notificación del trabajador

    • Antiguamente, cuando un trabajador necesitaba tomar una baja por motivo IT, generalmente debía notificar a su empleador lo antes posibles y proporcionar la documentación médica correspondiente.
    • Actualmente no. Ahora el INSS será el encargado y estará obligado a enviar la documentación al empleador. Desaparece la obligación de entregar a la empresa los partes médicos de baja, confirmación y alta por incapacidad temporal, por parte del trabajador.
  • Comunicación con la empresa

    • La Seguridad Social comunicará a la empresa el estado de la IT del trabajador y la duración estimada de la baja.
  • Pago de la baja

    • Según los convenios de cada empresa, la misma está obligada a pagar una compensación económica al trabajador durante la duración de la IT. El monto y la duración de la compensación suelen estar regulados por el convenio colectivo de aplicación.
  • Reinserción laboral en caso de secuelas

    • Una vez que el trabajador se recupera de su IT, la empresa esta obligada a proporcionar un proceso de reintegración laboral para asegurarse de que el trabajador pueda volver a su puesto de trabajo de manera segura y efectiva, a través de informe emitido de su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Es importante tener en cuenta que estos procesos de incapacidad temporal pueden variar dependiendo de los convenios colectivos de cada empresa. Es recomendable que tanto el trabajador como la empresa se informen sobre los procedimientos específicos acordados en dichos convenios.

Para cualquier duda sobre incapacidad temporal o otra cuestión relacionada, no dudes en ponerte en contacto con nuestro departamento laboral.

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